¿Qué familiares se pueden reagrupar?

La Ley de Reagrupación Familiar permite que ciertos familiares de un ciudadano de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (EEE) o de Suiza que residan en España puedan reunirse con él o ella. Se trata de un derecho subjetivo, es decir, el interesado puede solicitar el permiso de residencia a las autoridades competentes. No obstante, el derecho de reunión familiar no es automático, es decir, el ciudadano extranjero no tiene derecho a que se le otorgue el permiso de residencia a menos que cumpla con determinados requisitos.
En el contexto de la Ley de Reagrupación Familiar de España, se consideran familiares a reagrupar a los cónyuges, los hijos menores de edad y los hijos mayores de edad que sean dependientes. También se pueden reagrupar a los padres y a los hermanos menores de edad que sean dependientes.
¿Qué familiares se pueden reagrupar en España?
La Ley de Extranjería española permite que los ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza se reagrupen con sus familiares directos. Los familiares directos son el cónyuge, los hijos menores de edad y los hijos mayores de edad que sean dependientes. También se pueden reagrupar los padres y los hermanos menores de edad que sean dependientes.
¿Cuántas nóminas necesito para reagrupación familiar?
En España, la ley establece que el cónyuge y los hijos menores de edad de un ciudadano español o de un ciudadano de la Unión Europea tienen derecho a residir en el territorio nacional. Para ello, el ciudadano español o de la Unión Europea debe solicitar un permiso de residencia y, una vez concedido, los familiares podrán solicitar su propio permiso de residencia.
En el caso de los hijos mayores de edad, la solicitud de residencia deberá ir acompañada de una documentación acreditativa de que el hijo está estudiando y que tiene los medios económicos suficientes para mantenerse.
Una vez que se haya concedido el permiso de residencia, el ciudadano extranjero podrá solicitar la autorización de residencia y trabajo, que le permitirá residir y trabajar legalmente en España.
¿Quién puede solicitar el arraigo familiar en España?
El arraigo familiar es una figura que permite a un extranjero, que se encuentra en España con un permiso de residencia válido, solicitar a la autoridad competente la concesión de un permiso de residencia de larga duración por motivos de arraigo familiar.
Para poder acceder a este permiso, es necesario que el extranjero cumpla una serie de requisitos, entre los que se encuentran:
- Residir legalmente en España durante al menos cinco años consecutivos.
- Contar con un permiso de residencia válido en el momento de presentar la solicitud.
- No tener antecedentes penales en España o en el país de origen.
- No estar en situación de irregularidad en el territorio español.
- Estar empadronado en el municipio donde se va a solicitar el permiso.
- Tener un contrato de trabajo en vigor o, en su caso, estar inscrito como demandante de empleo.
- Contar con un seguro médico que cubra la totalidad de los gastos sanitarios.
- No ser objeto de orden de expulsión del territorio español.
Una vez que se cumplen estos requisitos, el extranjero podrá solicitar el permiso de residencia de larga duración por arraigo familiar a la autoridad competente, que será el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
La familia es un grupo de personas que se relacionan entre sí por vínculos de consanguinidad, afinidad o de adopción. En el caso de los reagrupamientos familiares, estos se pueden realizar entre cónyuges, hijos menores de 21 años, hermanos menores de 18 años y padres.
En España, se pueden reagrupar familiares directos (cónyuge e hijos menores de edad) y otros familiares en determinadas circunstancias (por ejemplo, familiares mayores de edad que dependan económicamente del reagrupante).
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